La reforma previsional 2025, oficializada el 26 de marzo mediante la Ley N° 21.735, introduce cambios estructurales en el sistema de pensiones chileno, afectando tanto a trabajadores activos como a pensionados. La normativa combina la capitalización individual de las AFP con un Seguro Social Previsional financiado por cotizaciones progresivas a cargo de los empleadores, buscando mayor solidez y cobertura solidaria.
Contexto de la reforma
La nueva ley crea un modelo mixto que incorpora un componente de solidaridad para quienes presentan trayectorias laborales intermitentes o ingresos bajos. Entre los objetivos principales están reducir las “lagunas” previsionales, fortalecer el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) y ampliar la protección a través del Seguro Social Previsional.
Seguro de Lagunas Previsionales
Cobertura ampliada
A partir del 1 de mayo de 2025 entra en vigor el Seguro de Lagunas Previsionales (SLP), que garantiza la continuidad de las cotizaciones durante periodos de desempleo sin costo adicional para el afiliado. Antes, sólo los beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario estaban cubiertos; ahora también se incluyen quienes reciben prestaciones desde la Cuenta Individual de Cesantía (CIC). La AFC transfiere automáticamente el 10 % de la cotización asociada al Seguro de Cesantía a las cuentas AFP, evitando interrupciones que puedan afectar el cálculo de la pensión futura.
Incremento de cotización del empleador
Calendario de alzas
- Mayo‑julio 2025: cotización del 10 % del pago mensual recibido desde el Seguro de Cesantía.
- Agosto 2025: cotización del 10,10 %.
- Agosto 2027: cotización del 10,25 %.
En agosto 2025 se inicia el primer aumento progresivo de la cotización del empleador, que llegará a un 8,5 % en un horizonte de 9‑11 años. El primer tramo, de 1 % sobre la remuneración imponible, se paga en septiembre 2025 y se distribuye de la siguiente forma:
- 0,1 % a las cuentas individuales de los trabajadores.
- 0,9 % al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Distribución final de la cotización extra
| Destino | Porcentaje |
|---|---|
| Cuenta individual de capitalización | 4,5 % |
| Rentabilidad Protegida (beneficio por años cotizados) | 1,5 % |
| Seguro Social Previsional (incluye Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y compensación por expectativa de vida) | 2,5 % |
Incorporación automática al Seguro Social Previsional
A partir del 1 de agosto 2025, todos los cotizantes y pensionados por vejez e invalidez serán incluidos automáticamente en el Seguro Social Previsional. Asimismo, cualquier trabajador que inicie una relación laboral después de esa fecha será incorporado de forma automática, garantizando cobertura universal y simplificando trámites.
Impacto y beneficios esperados
- Mayor estabilidad de pensiones para quienes han experimentado periodos de desempleo o trabajos informales.
- Fortalecimiento del FAPP, que financiará la Rentabilidad Protegida y otros beneficios solidarios.
- Reducción de brechas de género, al contemplar a mujeres con carreras laborales discontinuas.
- Simplificación administrativa, al eliminar la necesidad de gestiones adicionales para el SLP.
En síntesis, la Reforma Previsional 2025 marca un giro significativo en el modelo chileno, combinando capitalización individual con mecanismos de solidaridad y protección social para generar pensiones más estables y equitativas.